Los accidentes que involucran colectivos tienen una particularidad importante: las empresas de transporte público están obligadas por ley a contar con seguros específicos que cubren tanto daños a terceros como lesiones a pasajeros. Eso significa que hay una aseguradora a quien reclamar, y que el proceso, aunque requiere conocimiento técnico, es viable.
Dos situaciones distintas
Si el colectivo te chocó el auto
Sos un tercero damnificado. Tenés derecho a reclamar a la aseguradora de la empresa de transporte por los daños materiales en tu vehículo y, si hubo lesiones, también por los daños físicos y el daño moral.
Si te lesionaste viajando adentro del colectivo
En este caso aplica la responsabilidad contractual: el contrato de transporte obliga a la empresa a llevarte sano y salvo a destino. Cualquier lesión que sufras durante el viaje genera derecho a reclamar, incluso si fue por una frenada brusca.
¿Qué datos necesitás?
- Número de línea y número de interno del colectivo
- Nombre o número de matrícula del conductor si es posible obtenerlo
- Fecha, hora y lugar exacto del accidente
- Fotos de los daños en el momento
- Atención médica documentada si hubo lesiones — esto es fundamental
¿Qué podés reclamar?
Daños materiales, gastos médicos, rehabilitación, medicamentos, lucro cesante si no pudiste trabajar, y daño moral. En casos de lesiones graves, los montos pueden ser significativos.
¿Cuánto tiempo tenés para reclamar?
El plazo general de prescripción es de 3 años desde el accidente. No esperes demasiado: las pruebas se deterioran y los registros de las empresas no se conservan indefinidamente.
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